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Sin prisión, licencia para la difamación (IV)




Eliminar la pena de cárcel por delitos de prensa abriría paso al libertinaje comunicacional

Por: Óscar López Reyes
Especial para Imparcial RD

SANTO DOMINGO, RD. — Aprobar la propuesta de Ley de Expresión y Comunicación y el nuevo Código Penal sin contemplar penas de prisión para quienes incurran en delitos de prensa, es equivalente a entregar licencia abierta al libertinaje mediático, sobre todo en lo que concierne a la difamación e injuria.

La palabra, como instrumento de poder, siempre ha tenido límites éticos y legales en todas las épocas. No se penaliza por hablar, sino por los daños morales, sociales y económicos que puede generar el uso abusivo de ese derecho. Pretender que simples multas reparen esas heridas, es minimizar la gravedad de quienes usan los medios para el chantaje, la extorsión, el descrédito o la manipulación, especialmente cuando se trata de personas sin formación periodística profesional.

Un derecho relativo, no absoluto

El derecho a informar, aunque natural y fundamental, no es absoluto. En situaciones de conmoción interna, catástrofes o amenazas a la soberanía, puede ser restringido constitucionalmente, como establece la Carta Magna dominicana en sus artículos 263, 264 y 265. Además, quien abuse de este derecho puede ser procesado civil y penalmente, conforme a la legislación vigente.




Óscar López Reyes
Especial para Imparcial RD

Históricamente, desde la promulgación de la Ley 81 de 1846, los delitos de prensa han sido judicializados. La lógica de que todo se resuelva con multas amenaza el honor y la dignidad del ciudadano común, y fomenta un ambiente de impunidad mediática, en el que se privilegia el escándalo por encima de la verdad.

Titularidad y responsabilidad del derecho a la información

El derecho a la información no es propiedad del Estado, la empresa mediática o el periodista. Su titular es el ciudadano, que tiene derecho a ser informado de forma veraz, ética y oportuna. En ese contexto, el periodista profesional —formado, ético, con dominio redaccional y compromiso con la verdad— es el canal más idóneo para ejercer ese derecho con responsabilidad.

Es cierto que cualquier ciudadano puede acceder a datos públicos y difundirlos, pero sin cumplir con los estándares profesionales, esto se convierte en desinformación, algo cada vez más frecuente en plataformas digitales.

Marco legal y educativo para una información de calidad

Las cámaras legislativas están llamadas a impulsar un paquete de leyes actualizadas sobre derecho a la información, medios digitales, publicidad, telecomunicaciones y colegiación periodística. Además, los medios de comunicación deben exigir mayor cumplimiento del Código de Ética del Periodista Dominicano, dejando atrás los discursos vacíos sobre libertad de prensa, sin tocar la concentración de medios.

A las universidades corresponde reforzar las materias de ética y derecho informativo, utilizando metodologías modernas que permitan formar comunicadores conscientes, capaces de contribuir a una sociedad mejor informada.

Comunicación con honor en la era digital

Hoy más que nunca, en esta era dominada por las tecnologías de la información y la globalización, urge legislar en favor del derecho a la información con responsabilidad y decoro. La libertad de expresión debe ser protegida, pero también regulada, especialmente ante los nuevos desafíos que plantean las redes sociales y la hiperconectividad.

El honor, la verdad y la justicia deben ser pilares del ejercicio comunicacional, por encima de intereses políticos, económicos o personales. Si se despenalizan los delitos de prensa sin una base regulatoria sólida, se abre la puerta al caos informativo, donde la calumnia podría operar sin freno bajo la sombra de la impunidad.

Inspirados en los valores de Dios, Patria y Libertad, es hora de fomentar un constitucionalismo comunicacional pluralista, con leyes que fortalezcan la memoria histórica, la credibilidad y la democracia.

1 de junio de 2025
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