Sentencia irrevocable de la alta corte cierra proceso penal seguido al exadministrador
Santo Domingo, R.D.– La defensa técnica de Luis Maisichell Dicent informó este miercoles 18 de febrero que la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana emitió sentencia definitiva el 31 de octubre de 2025 (Exp. núm. 059-2022-EPEN-00105), confirmando de manera irrevocable la situación jurídica del exfuncionario en el proceso penal que se le seguía.
De acuerdo con el equipo legal, el fallo valida los argumentos sostenidos desde el inicio del caso, en el sentido de que no existían elementos probatorios que establecieran una vinculación lógica, objetiva y estructural entre Dicent y los hechos investigados, ni con los demás procesados en el expediente.
Advertencias previas a querellantes y órganos acusadores
La defensa señaló que, durante las distintas etapas procesales, advirtió formalmente a los órganos acusadores y querellantes sobre la supuesta ausencia de coherencia probatoria que sustentara la imputación.
En el proceso participaron como acusadores la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y el Estado dominicano, representado por el Equipo de Recuperación del Patrimonio Público, así como querellantes privados vinculados a consorcios de bancas y empresas del sector.
Entre los querellantes mencionados figuran empresarios relacionados con Consorcio de Bancas Báez Sport, Consorcio de Bancas La Esperanza, King Sport S.R.L., Consorcio de Bancas Salce, Consorcio de Bancas La Suerte, Banca Antonio Cruz S.R.L., Gstar Services S.A., UD Group Dominicana S.R.L. y Consorcio de Bancas Doble Play.
Según la defensa, mantener una acusación sin un “hilo conductor probatorio” podría generar eventuales consecuencias legales, advertencia que –afirman– fue planteada oportunamente antes del juicio de fondo.
Dimensión institucional y exposición mediática
El equipo jurídico sostuvo que el proceso adquirió una amplia dimensión pública, tras la narrativa presentada por la Procuraduría General de la República, lo que, a su juicio, derivó en un juicio paralelo en el ámbito mediático y digital.
En ese contexto, los abogados subrayaron que el proceso penal debe dirimirse en los tribunales y no en redes sociales o plataformas informativas, señalando que cuando la acción penal se acompaña de una exposición pública que supera la base probatoria disponible, se generan riesgos institucionales.
Estándares constitucionales e implicaciones
La defensa reiteró que la presunción de inocencia, consagrada en la Constitución dominicana y en pactos internacionales de derechos civiles y políticos, exige una vinculación objetiva entre conducta y resultado para sustentar responsabilidad penal.
Con la sentencia definitiva de la Suprema Corte, el caso queda cerrado en el ámbito judicial ordinario. No obstante, el equipo legal dejó abiertas interrogantes sobre eventuales acciones posteriores frente a quienes sostuvieron la querella.
El pronunciamiento reafirma, según sus representantes, la importancia del rigor técnico y la prudencia institucional en la persecución penal, en aras del fortalecimiento del Estado de Derecho.
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