SANTO DOMINGO, R.D.– El abogado y jurista César Amadeo Peralta alertó que el nuevo Código Penal dominicano endurece drásticamente las sanciones contra las personas que destruyan o causen daños a vehículos y otras propiedades ajenas, incluyendo motoristas, manifestantes violentos y ciudadanos que actúen movidos por conflictos personales o arranques de celos.
El especialista explicó que la recién promulgada Ley 74-25 introduce nuevas disposiciones penales que podrían llevar a prisión a quienes lancen piedras, rompan cristales, abollen vehículos o destruyan bienes privados, acciones que anteriormente, según afirmó, muchas veces quedaban impunes.
De acuerdo con el análisis jurídico realizado por Peralta, los responsables podrían enfrentar condenas de uno a dos años de prisión correccional, además del pago de multas, indemnizaciones civiles, trabajos comunitarios y hasta el decomiso del vehículo o herramienta utilizada para cometer el daño.
El jurista señaló que la normativa busca frenar el aumento de hechos violentos en calles y carreteras del país, donde frecuentemente se registran agresiones contra conductores durante incidentes de tránsito, protestas o conflictos sentimentales.
Daño a propiedad ajena ahora con mayores consecuencias
Peralta citó los artículos 267 y 268 del nuevo Código Penal, los cuales tipifican el delito de “daño a un bien ajeno”. La legislación establece sanciones para quienes destruyan, deterioren o degraden propiedades pertenecientes a terceros.
La pena básica contempla entre seis meses y un año de prisión menor y multas equivalentes de uno a dos salarios mínimos del sector público. Sin embargo, las condenas aumentan cuando existen agravantes.
Entre las circunstancias que elevan las sanciones figuran:
Daños a bienes públicos o de utilidad colectiva.
Destrucción de propiedades con valor histórico, cultural o artístico.
Participación de varias personas o asociaciones delictivas.
Incidentes vinculados a violencia de género o agresiones previas.
Daños cuyo valor supere los RD$200 mil.
En estos casos, las penas podrían alcanzar entre uno y dos años de prisión menor y multas de hasta seis salarios mínimos.
Sanciones podrían llegar hasta 40 años de cárcel
El abogado advirtió que las penas se vuelven mucho más severas cuando la destrucción provoca lesiones o muertes.
Según explicó:
Si el daño afecta viviendas, locales comerciales o edificios, la condena puede oscilar entre cinco y diez años de prisión.
Si una persona resulta herida durante el hecho, la pena aumentaría de 10 a 20 años.
Si el incidente provoca una muerte, la sanción sería de 20 a 30 años de cárcel.
En caso de fallecer varias personas, la condena podría llegar de 30 a 40 años de prisión mayor.
Peralta enfatizó que estas disposiciones impactarían especialmente a quienes lanzan piedras en carreteras, túneles y protestas violentas, ya que cualquier agresión que cause accidentes fatales podría derivar en severas condenas penales.
Medidas adicionales contempladas en la ley
El jurista también destacó que los tribunales podrán imponer medidas complementarias como:
Pago de daños y perjuicios a las víctimas.
Cobertura de gastos legales.
Confiscación de vehículos utilizados en la agresión.
Suspensión o revocación de licencias de armas.
Inhabilitación para ejercer funciones públicas.
Hasta 300 horas de trabajo comunitario.
El abogado sostuvo que el nuevo marco legal busca fortalecer la responsabilidad penal y reducir los actos de violencia y vandalismo que afectan a ciudadanos inocentes.

